Campus Intergeneracional

6. PERSONAL DEL CENTRO.

El contratista deberá comunicar a la Universidad de Córdoba el personal propuesto para la ejecución del contrato y las condiciones de control que aseguren la correcta prestación del servicio, con identificación de los mismos: datos personales, titulación de cada uno de ellos y función que van a desarrollar. Así mismo, cada semana se colará en lugar visible un cuadrante donde se detalle el personal, el horario de trabajo y las responsabilidades que tendrá durante ese período.

En caso de que las necesidades de horario ampliado lo requieran, se incorporará el número de personas necesario para atender la demanda del mismo.

Se especificará el número de profesionales, con su perfil, y equipo de trabajadores que dedicarán a la prestación del servicio, así como los medios de toda índole con que cuenta para el mejor desarrollo de las tareas.

Se aportará currículum y certificado de vida laboral oficial del personal docente y no docente.

6.1.    Personal docente.

En cada unidad en funcionamiento deberá haber en horario de 9 a 12.30 horas, al menos, una persona que posea el título de maestro o maestra con la especialización en educación infantil o el título de grado equivalente o superior, siendo responsable de la realización de actividades comunes en desarrollo del currículo de la educación infantil, recogido en el Decreto 428/2008, de 29 de julio.

Al menos cuando se ausente de la unidad en funcionamiento el maestro/a, permanecerá una persona que posea el título de técnico superior en educación infantil o cualquier otro título declarado equivalente a efectos académicos y profesionales dedicada exclusivamente a la atención educativa y asistencial del alumnado.

En el horario de 9 a 17 horas, deberá haber, al menos, una persona que posea licenciatura en psicopedagogía o el título de grado equivalente o superior.

La persona que sea tutor/a de cada unidad promocionará con su grupo de alumnos/as desde el primer año hasta su graduación, garantizando así la solidez del vínculo afectivo y del conocimiento de las particularidades de cada alumno/a para potenciar su desarrollo en todos los ámbitos.

En todo caso, se deberá respetar lo anteriormente estipulado en cuanto ratio profesorado/alumnado.

 

6.2.    Personal no docente

Además de lo dispuesto en el punto anterior, se deberá contar con personal destinado a cubrir todos los servicios, especialmente los de:

  • Dirección administrativa y gerencia.
  • Pediatría.
  • Cocina y comedor.
  • Limpieza y mantenimiento.
  • Coordinación Intergeneracional

El Personal manipulador de alimentos se encontrará en posesión del preceptivo carné de manipulador, cuyo período de validez será el establecido en la normativa vigente.