Campus Intergeneracional

13. REVERSIÓN.

Cuando finalice el plazo del contrato o bien se extinga por cualquiera de las causas explicitadas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, las instalaciones creadas así como los bienes inventariados y el servicio revertirán a la UCO, si ésta expresamente lo solicita. El rescate y algunos criterios de la extinción del contrato supondrán una indemnización para el adjudicatario, por lo que habría que desarrollar este punto adecuadamente.