Campus Intergeneracional

11. SISTEMA DE VIDEO-VIGILANCIA.

Se recomienda la instalación un sistema de vídeo vigilancia al que tendrían acceso web los padres o tutores mediante claves o contraseñas personalizadas durante un horario establecido.

Se tendrá en cuenta la normativa aplicable, especialmente la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras (BOE de 12 de diciembre), en ejercicio de las competencias que le atribuye el art. 37.1 c) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.